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Cómo extender un cheque al IRS para pagar impuestos

Los individuos tienen muchas opciones diferentes para pagar sus impuestos federales sobre los ingresos. Puede pagar electrónicamente (en línea) con tarjeta de crédito, tarjeta de débito o e-check (cheque electrónico). O puede pagar sus impuestos por correo postal con un cheque, una orden de dinero o un cheque de caja. Además, si desea pagar en efectivo, también hay una opción para ello.

Opciones de pago electrónico

Las opciones de pago electrónico ofrecen a los contribuyentes la oportunidad de pagar sus impuestos en línea, como alternativa al envío de cheques o giros postales. Los pagos en línea pueden realizarse 24 horas al día y 7 siete días a la semana. Además, estas opciones de pago electrónico son seguras y fáciles de usar.

Las personas que utilizan el IRS e-file para presentar su declaración de impuestos pueden autorizar un pago a través del Retiro Electrónico de Fondos (EFW), utilizar una tarjeta de débito o crédito, o inscribirse en el Sistema Electrónico de Pago de Impuestos Federales (EFTPS) del Departamento de Tesorería de Estados Unidos. Tanto la opción EFW como la EFTPS son gratuitas.

Pagos por cheque, orden de dinero o cheque de caja

Si realiza el pago de impuestos mediante un cheque, una orden de dinero o un cheque de caja, asegúrese de que sea pagadero a "United States Treasury" (o "U.S. Treasury"). Escriba su Número de Seguro Social (o Número de identificación de empleador), el periodo fiscal y el número de formulario fiscal correspondiente en su cheque o en su orden de dinero. Por último, asegúrese de enviar el pago por correo a la dirección correcta, tal y como figura en su notificación de impuestos o en las instrucciones del formulario de impuestos.

Pagos en efectivo

Tenga en cuenta que los pagos en efectivo sólo pueden hacerse en persona en una oficina local del IRS - ¡no envíe un pago en efectivo de sus impuestos por correo! Puede revisar el sitio web del IRS para conocer las locaciones de las oficinas en todo el país.

Pagos atrasados

Tanto si está presentando la declaración fuera de la fecha límite como si está pagando más tarde, el IRS aconseja a los contribuyentes que paguen la totalidad de lo que deben. Siempre es recomendable que pague tanto de lo que debe como pueda, y tan pronto como pueda. Cuanto más espere, más cuotas e intereses de demora se pueden acumular.

Según el IRS, "si no se pagan los impuestos y no se hace ningún esfuerzo por pagarlos, el IRS puede pedir al contribuyente que tome medidas para pagar los impuestos, como vender o hipotecar los activos que posea u obtener un préstamo. Si aun así no se hace ningún esfuerzo por pagarlos, o por llegar a otros acuerdos de pago, el IRS también podría emprender acciones de cobro forzoso más serias, como embargar cuentas bancarias, salarios u otros ingresos, o quedarse con otros activos. Podría presentarse un Aviso de gravamen fiscal federal que podría tener un efecto perjudicial sobre la solvencia crediticia del contribuyente".

Penalizaciones, cuotas de demora y recargos por intereses de demora

Si no paga sus impuestos sobre los ingresos antes de la fecha límite (normalmente el 15 de abril), lo más probable es que el IRS le imponga una penalización por pago tardío y cargos por intereses que se acumulan cada mes que sus impuestos permanecen impagados.

La "penalización por retraso en el pago" suele ser del 0.5% de los impuestos no pagados y se calcula mensualmente. Por ejemplo, si usted tiene $2,000.00 en impuestos no pagados, el IRS puede cobrarle $10.00 por mes como penalización por pago tardío: $2,000.00 x 0.5% = $10.00.

Si no ha pagado su balance para cuando deba presentarse su declaración de impuestos, empezará a acumular "cargos por intereses" sobre su balance pendiente. Estos intereses suelen ser del 5.0% anual sobre su balance.

Por ejemplo: Si presentó una extensión de impuestos pero no pagó los impuestos adeudados, se le cobrará un 5.0% de interés anual (o un 0.4% de interés mensual) sobre su balance pendiente. Utilizando las cifras del ejemplo anterior, vamos a suponer $10.00 al mes en penalizaciones por pago tardío. Añada a eso su cargo mensual por intereses del 0.4%, lo que supone unos $8.00 al mes en intereses: $2,000.00 x 0.4% = $8.00.


PLANES DE PAGO DEL IRS

Si no puede pagar el monto total que debe con su declaración de impuestos sobre los ingresos, puede preguntar al IRS si le permitirán hacer pagos a plazos parciales mensuales por el monto total o por un monto parcial. Sin embargo, tenga en cuenta que se le cobrarán intereses y también posiblemente una penalización por pago tardío sobre el impuesto no pagado en la fecha en que debe presentarse su declaración, incluso si se le concede su solicitud de pago a plazos.

Si el IRS le concede su solicitud de plan de pago, también deberá pagar una cuota. Para limitar los cargos por intereses y penalizaciones, intente pagar la mayor parte posible del impuesto con su declaración de impuestos. Pero antes de solicitar un acuerdo de pago a plazos, puede considerar otras alternativas menos costosas, como un préstamo bancario.

Para solicitar un acuerdo de pago a plazos, utilice el Formulario de Impuestos 9465, conocido como Solicitud de Acuerdo de Pago a Plazos. Debería recibir una respuesta a su solicitud en un plazo de 30 días. También puede solicitar en línea un acuerdo de pago. Para ello, vaya al sitio web del IRS y utilice el menú desplegable bajo "Necesito..." y seleccione "Establecer un plan de pagos".

Cómo funciona un acuerdo de pago a plazos

El IRS normalmente le comunicará dentro de los 30 días después de recibir su solicitud si ha sido aprobada o denegada. Sin embargo, si su solicitud es por impuestos adeudados en una declaración que presentó después del 31 de marzo, la respuesta puede tardar más de 30 días. Si el IRS aprueba su solicitud de plan de pago, le enviará una notificación detallando los términos de su acuerdo y solicitándole una cuota de $105 (o $52 si realiza sus pagos mediante retirada electrónica de fondos). No obstante, puede calificar para pagar una cuota reducida de $43 si sus ingresos están por debajo de cierto nivel. El IRS le comunicará si es elegible para la cuota reducida. Si el IRS no le dice que califica para la cuota reducida, puede solicitar la cuota reducida utilizando el Formulario de Impuestos 13844 (Solicitud de Cuota Reducida para Acuerdos de Pagos a Plazos).

Al aprobar su solicitud, el IRS se compromete a permitirle pagar los impuestos que debe en pagos mensuales (en lugar de pagar inmediatamente el monto total). A cambio, usted se compromete a realizar sus pagos mensuales puntualmente. También está aceptando hacer frente a todas sus deudas de impuestos futuras. Esto significa

que debe tener suficientes retenciones o pagos de impuestos estimados para que la deuda de impuestos sobre los ingresos de los años futuros se pague en su totalidad cuando presente a tiempo su declaración. Su solicitud de un acuerdo de pago a plazos será denegada si no se han presentado todas las declaraciones de impuestos requeridas. Cualquier reembolso de impuestos que se le deba en un año futuro se aplicará contra el monto que debe. Si su reembolso de impuestos se aplica a su balance, usted todavía está obligado a hacer su pago mensual regular a plazos.

Métodos de pagos a plazos

Puede hacer sus pagos con cheque, orden de dinero, tarjeta de crédito o con otro método de pago. Después de que el IRS reciba cada pago, le enviará un aviso mostrando el monto restante que debe, y la fecha límite y el monto de su próximo pago. Sin embargo, si elige que sus pagos se retiren automáticamente de su cuenta bancaria, no recibirá estos avisos por correo.

Tenga en cuenta que su estado de cuenta bancario es su registro de pago. El IRS también le enviará un extracto anual en el que figurará el monto que debía a principios de año, todos los pagos efectuados durante el año y el monto que debe a finales de año. Si no efectúa sus pagos a tiempo, o si no paga cualquier balance adeudado en una declaración que presente más tarde, se le considerará "en mora" en su acuerdo de pago a plazos y el IRS podrá emprender acciones contra usted, como la presentación de un "Aviso de Gravamen Fiscal Federal" o una acción de embargo del IRS para cobrar la totalidad del monto que debe. Para asegurarse de que sus pagos se realicen a tiempo, debería considerar la posibilidad de realizarlos mediante un retiro electrónico de fondos.

REALIZAR UN PAGO CON SU EXTENSIÓN FISCAL

Antes de completar su solicitud de prórroga fiscal, recuerde este hecho importante: una extensión fiscal le da más tiempo para presentar su declaración de impuestos sobre los ingresos (por ejemplo, el Formulario 1040), pero no le da más tiempo para pagar cualquier impuesto que deba al IRS. Así que si debe dinero al IRS, se espera que pague ese monto completo antes de la fecha límite original (normalmente el 15 de abril) o de lo contrario puede estar sujeto a penalizaciones y cuotas por retraso.

Hay varias formas de realizar los pagos con su extensión de impuestos. He aquí un resumen de las principales opciones de pago:

Pago por retiro electrónico de fondos (EFW)

Si realiza su declaración de impuestos electrónica en línea, utilizando su computadora personal o a través de un profesional de impuestos (como FileLater), puede realizar un pago autorizando un Retiro Electrónico de Fondos (EFW, por sus siglas en inglés) directamente desde su cuenta bancaria. Asegúrese de revisar con su institución financiera para confirmar que se permite un retiro electrónico de fondos, y para obtener los números de ruta y cuenta correctos. Si debe impuestos sobre los ingresos y desea que el dinero se retire electrónicamente de su cuenta bancaria, se le pedirá que acepte la siguiente declaración:

"Autorizo a la Tesorería de EE.UU. y a su Agente Financiero designado a iniciar un ingreso electrónico de retiro de fondos ACH en la cuenta de la institución financiera indicada para el pago de mis impuestos federales y a la institución financiera a cargar el ingreso en esta cuenta. Para revocar un pago, debo ponerme en contacto con el Agente Financiero de la Tesorería de EE.UU. llamando al 1-888-353-4537 a más tardar 2 días hábiles antes de la fecha de pago (liquidación). También autorizo a las instituciones financieras implicadas en la tramitación del pago electrónico de impuestos a recibir la información confidencial necesaria para responder a las consultas y resolver las cuestiones relacionadas con el pago."

La opción de pago EFW permite a los contribuyentes presentar electrónicamente su Formulario 4868 en línea y simultáneamente "pagar electrónicamente" el impuesto que adeudan. Recibirá una copia escrita de la autorización de pago EFW una vez que complete la transacción. Es importante que conserve este documento para sus archivos. Si presenta electrónicamente su extensión de impuestos, no envíe el Formulario 4868 en papel.

Pago con tarjeta de crédito

Puede solicitar una extensión fiscal pagando (parte o la totalidad) de sus impuestos sobre los ingresos con tarjeta de crédito. Para pagar con tarjeta de crédito, tendrá que pasar por un proveedor de servicios aprobado por el IRS ? Link2Gov Corporation, RBS WorldPay u Official Payments Corporation. Los números de teléfono y los sitios de los proveedores de servicios están disponibles en el sitio web del IRS.

Puede utilizar su tarjeta de crédito American Express®, Discover®, MasterCard® o Visa®. El proveedor de servicios le cobrará una cuota de conveniencia basada en el monto que usted esté pagando. Tenga en cuenta que las cuotas pueden variar de un proveedor a otro. Se le informará del importe de la cuota durante el proceso de pago y tendrá la opción de continuar o cancelar la transacción. También puede averiguar el monto de la cuota llamando al número de atención al cliente del proveedor de servicios o visitando su sitio web. No añada la cuota de conveniencia al pago de sus impuestos.

Cuando realice un pago de extensión de impuestos con tarjeta de crédito, recibirá un número de confirmación. Asegúrese de guardar este número para sus archivos.

Pago por cheque u orden de dinero

Si paga con cheque o con una orden de dinero, envíe su pago junto con el Formulario de Impuestos 4868 a la dirección correspondiente (indicada en las Instrucciones para el Formulario 4868). Haga su cheque o su orden de dinero a nombre de "United States Treasury" y NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO. No olvide tampoco escribir su número del Seguro Social, su número de teléfono durante el día y las palabras "Formulario 4868 de 2011" en su cheque o en su orden de dinero. No engrape ni adjunte su pago al Formulario 4868. Además, si presenta electrónicamente el Formulario 4868 por Internet y envía por correo un cheque o giro postal al IRS para el pago de impuestos, utilice un Formulario 4868 en papel completado como comprobante de pago.


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