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Deducir los gastos relacionados con el trabajo

Deduce tus gastos relacionados con el trabajo

Puede sacar más partido a su salario deduciendo estos gastos relacionados con el trabajo.

NUEVA YORK (MainStreet) - Si puede detallar, puede deducir como "Deducción Diversa" los gastos necesarios para realizar el trabajo para el que fue contratado. También puede deducir los gastos habituales y aceptados en su línea de trabajo, los que sean apropiados y útiles para su trabajo y aquellos por los que no haya sido reembolsado por su empleador en virtud de un "plan contable."

Los gastos deducibles relacionados con el trabajo incluyen:

  • Equipos y programas informáticos requeridos por su empleador como condición de empleo y no meramente para su propia conveniencia.
  • La formación exigida por la empresa, la ley o la normativa gubernamental, o que mantenga o mejore los conocimientos necesarios para el ejercicio de su profesión o actividad empresarial. No puede deducirse la formación si constituye el requisito mínimo para ejercer una actividad comercial o empresarial, o si le prepara para una nueva actividad comercial o empresarial.
  • Gastos de búsqueda de empleo para buscar trabajo en su profesión actual. Consulta este consejo fiscal sobre gastos de búsqueda de empleo.
  • Pequeñas herramientas y suministros utilizados en el trabajo.
  • Viajes y entretenimiento de clientes, incluido el uso profesional de su coche a 55,5 céntimos por milla; las comidas sólo son deducibles al 50 por ciento.
  • Uniformes y ropa de trabajo exigidos como condición de empleo y no adaptables al uso diario, y ropa o equipos de seguridad o protección.
  • Cuotas sindicales y profesionales.

Si solicita deducciones por gastos de viaje o de manutención y representación, o si se le reembolsan parcialmente, debe presentar el formulario 2106 o 2106-EZ.

Las deducciones diversas, incluidos los gastos relacionados con el trabajo, sólo se permiten en la medida en que el total supere el 2 % de su Renta Bruta Ajustada. Si sus ingresos brutos ajustados ascienden a 75.000 euros, los primeros 1.500 euros de gastos no son deducibles.

 


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