IRS.com no está afiliada a ningún organismo público.

Consejos sobre impuestos para contratistas independientes

Información para autónomos

 

A efectos del impuesto federal sobre la renta, es importante saber si usted es un empleado o un contratista independiente.

Empleado frente a contratista independiente

Hacienda define contratistas independientes como sigue:

"Las personas como médicos, dentistas, veterinarios, abogados, contables, contratistas, subcontratistas, taquígrafos públicos o subastadores que ejercen una actividad comercial, empresarial o profesional independiente en la que ofrecen sus servicios al público en general suelen ser contratistas independientes. Sin embargo, que estas personas sean contratistas independientes o empleados depende de los hechos de cada caso. La regla general es que una persona es contratista independiente si el pagador tiene derecho a controlar o dirigir únicamente el resultado del trabajo y no lo que se va a hacer y cómo se va a hacer. Los ingresos de una persona que trabaja como contratista independiente están sujetos al Impuesto sobre el Trabajo Autónomo".

Los trabajadores que ofrecen sus servicios al público en general o a otras empresas suelen considerarse "contratistas independientes" y no empleados. La norma que rige es si el pagador tiene la derecho de control los detalles de qué trabajo se hará y cómo se hará. Si el pagador sólo tiene derecho a controlar el resultado del trabajo, entonces ese pagador no es un empresario y el trabajador no es un empleado, sino que se considera que el trabajador es un contratista independiente.

Si es contratista independiente, se le considera autónomo.

Si no está seguro de si es un empleado o un contratista independiente, puede utilizar Tax Form SS-8 (Determination of Worker Status for Purposes of Federal Employment Taxes and Income Tax Withholding) (Formulario fiscal SS-8 (Determinación de la condición de trabajador a efectos de los impuestos federales sobre el empleo y la retención del impuesto sobre la renta)) para determinar su situación correcta.

Para más información sobre empleados y contratistas independientes, consulte Publicación IRS 15-A (Guía fiscal complementaria para empresarios).

Formularios fiscales para contratistas independientes

Los contribuyentes que son contratistas independientes se consideran trabajadores por cuenta propia y deben cumplir las normas federales relativas al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Se le considera trabajador autónomo si se da alguna de las circunstancias siguientes:

- Ejerce una actividad comercial o empresarial como empresario individual o contratista independiente.
- Es usted socio de una sociedad que ejerce una actividad comercial o empresarial.
- Por lo demás, trabaja por cuenta propia (lo que incluye un negocio a tiempo parcial).

Tenga en cuenta que está obligado a presentar una declaración de la renta si sus ingresos netos como trabajador autónomo son iguales o superiores a $400.

Anexo C (Formulario 1040), Beneficios o pérdidas de la empresa

Para presentar su declaración anual, utilice Horario C para declarar los ingresos o las pérdidas de un negocio que haya explotado o de una profesión que haya ejercido como empresario individual. Si sus gastos ascienden a $5.000 o menos, puede utilizar el Anexo C-EZ en su lugar.

Formulario 1099-MISC, Ingresos varios

Si alguien paga $600 o más por servicios prestados por una persona no empleada, debe declararlo en la casilla 7 ("Retribución de personas no empleadas") de Formulario 1099-MISC. En general, un pago debe declararse como remuneración de no empleados si se cumplen todas las condiciones siguientes:

- El pago se hizo a alguien que no es un empleado;
- El pago se efectuó por servicios prestados en el curso de una actividad comercial o empresarial;
- El pago se efectuó a una persona física, una sociedad, una sucesión o una empresa; y
- Durante el año se efectuaron pagos al beneficiario por un importe mínimo de $600.

Si usted es un contratista independiente, debe recibir el Formulario 1099-MISC de las partes para las que trabajó. Reporta cualquier ingreso de tu Formulario 1099-MISC en el Anexo C.

Anexo SE (Formulario 1040), Impuesto sobre el trabajo autónomo

Debe presentar el Anexo SE para declarar sus impuestos de Seguridad Social y Medicare. Puede utilizar Horario SE para calcular el impuesto adeudado sobre sus ganancias netas de trabajo por cuenta propia. (Utilice los ingresos/pérdidas calculados en el Anexo C para determinar el importe de los impuestos de la Seguridad Social y Medicare que debería haber pagado durante el año).

Para el ejercicio fiscal 2014, el importe máximo de los ingresos de autónomos sujetos al impuesto de la Seguridad Social es de $117.000. No existe un límite máximo de ingresos sujetos al impuesto de Medicare.

RELACIONADO: ¿Cómo se gravan las prestaciones del Seguro Social?

Formulario 1040-ES, Estimación del impuesto para particulares

Si trabaja por cuenta propia, eso significa que no tiene una empresa que le retenga los impuestos. En su lugar, debe hacer pagos trimestrales de impuestos (también conocidos como "impuestos estimados") para pagar los impuestos de la Seguridad Social y Medicare, así como el impuesto sobre la renta. Utilice Formulario 1040ES para calcular y remitir estos impuestos.

RELACIONADO: ¿Qué es el impuesto estimado y a quién se aplica?


Puede que también le guste