{"id":7636,"date":"2023-06-28T05:19:37","date_gmt":"2023-06-28T12:19:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.irs.com\/?p=7636"},"modified":"2023-06-28T05:19:37","modified_gmt":"2023-06-28T12:19:37","slug":"que-formulario-990-debe-utilizar-mi-organizacion-exenta-de-impuestos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.irs.com\/es\/que-formulario-990-debe-utilizar-mi-organizacion-exenta-de-impuestos\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 Formulario 990 debe utilizar mi organizaci\u00f3n exenta de impuestos?"},"content":{"rendered":"<p><em>Puede que usted est\u00e9 exento de impuestos, \u00a1pero nadie est\u00e1 exento de papeleo!<\/em><\/p>\n<h2><b>\u00bfQu\u00e9 es el Formulario 990 del IRS y por qu\u00e9 es importante?<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990 del IRS es un documento fundamental para que las organizaciones sin \u00e1nimo de lucro mantengan su estatus de exentas de impuestos. Esta declaraci\u00f3n informativa proporciona datos financieros y operativos al Servicio de Impuestos Internos (IRS), la agencia federal responsable de supervisar a las organizaciones exentas de impuestos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Existen varias versiones del Formulario 990, dependiendo del tama\u00f1o y los ingresos de la organizaci\u00f3n. Los formularios m\u00e1s utilizados son el 990, el 990-EZ y el 990-N, tambi\u00e9n conocido como e-Postcard. Los umbrales de presentaci\u00f3n para cada versi\u00f3n var\u00edan, siendo el 990 y el 990-EZ normalmente necesarios para las organizaciones con mayores ingresos y el 990-N para las organizaciones m\u00e1s peque\u00f1as. El Formulario 990 propiamente dicho es necesario para la mayor\u00eda de las organizaciones exentas del impuesto sobre los ingresos, as\u00ed como para las organizaciones pol\u00edticas y los fideicomisos caritativos no exentos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es importante completar con exactitud el Formulario 990 para mantener el estatus de exenci\u00f3n fiscal y evitar las penalizaciones. Las penalizaciones por presentaci\u00f3n incorrecta o tard\u00eda pueden ser significativas, con la penalizaci\u00f3n m\u00e1xima fijada actualmente en $61,820 para las organizaciones m\u00e1s grandes. Adem\u00e1s, la presentaci\u00f3n incorrecta puede resultar en la p\u00e9rdida total del estatus de exenci\u00f3n de impuestos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las organizaciones sin \u00e1nimo de lucro deben incluir una serie de datos financieros y operativos en su Formulario 990, incluidos los ingresos y gastos, los logros de los servicios del programa, los gastos de recaudaci\u00f3n de fondos y detalles sobre el principal responsable de la organizaci\u00f3n. Completar con precisi\u00f3n estas secciones es esencial para cumplir con el requisito de reporte anual y demostrar el cumplimiento de las regulaciones federales.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Completarlas con exactitud es esencial para evitar las penalizaciones y demostrar el cumplimiento de la normativa federal.<\/span><\/p>\n<h2><b>\u00bfQu\u00e9 es el Formulario 990-N?<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-N, tambi\u00e9n conocido como e-Postcard, es una versi\u00f3n de la declaraci\u00f3n informativa anual que las organizaciones exentas de impuestos m\u00e1s peque\u00f1as deben presentar al IRS. Este formulario est\u00e1 dise\u00f1ado para organizaciones con ingresos brutos inferiores a $50,000 al a\u00f1o, e incluye algunas preguntas b\u00e1sicas dise\u00f1adas para confirmar que la organizaci\u00f3n sigue siendo elegible para el estatus de exenta de impuestos.<\/span><\/p>\n<h3><b>\u00bfQui\u00e9n califica para utilizar el Formulario 990-N?<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-N, tambi\u00e9n conocido como e-Postcard, es una versi\u00f3n m\u00e1s corta del Formulario 990 que algunas organizaciones exentas de impuestos pueden calificar para presentar. Para calificar para utilizar el Formulario 990-N, una organizaci\u00f3n debe cumplir ciertos criterios. Las peque\u00f1as organizaciones exentas de impuestos con unos ingresos brutos anuales de $50,000 o menos suelen ser elegibles para presentar el Formulario 990-N. La determinaci\u00f3n de los ingresos brutos se basa en la media de los ingresos anuales de la organizaci\u00f3n correspondientes a los tres \u00faltimos a\u00f1os gravables completados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Adem\u00e1s, la antig\u00fcedad de la organizaci\u00f3n tambi\u00e9n influye a la hora de determinar si puede utilizar el Formulario 990-N. Las organizaciones con menos de cuatro a\u00f1os de existencia tambi\u00e9n pueden calificar para presentar el Formulario 990-N, siempre y cuando sus ingresos brutos en cada uno de sus dos primeros a\u00f1os fiscales hayan sido de $75,000 o menos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es importante tener en cuenta que algunas organizaciones pueden seguir calificando para el estatus de exentas de impuestos aunque no cumplan los criterios para presentar el Formulario 990-N, y necesitar\u00edan presentar los Formularios 990 o 990-EZ, m\u00e1s largos. Sin embargo, para las peque\u00f1as organizaciones exentas de impuestos que cumplen los criterios, la presentaci\u00f3n del Formulario 990-N satisface su requisito de reporte anual.<\/span><\/p>\n<h3><b>\u00bfPuedo presentar el Formulario 990-N de forma electr\u00f3nica? \u00bfC\u00f3mo presento el Formulario 990-N?<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Si se pregunta si puede presentar el Formulario 990-N por v\u00eda electr\u00f3nica, la respuesta es s\u00ed. De hecho, la presentaci\u00f3n electr\u00f3nica es la \u00fanica opci\u00f3n para este formulario. No se aceptan formularios en papel, por lo que deber\u00e1 presentar el formulario electr\u00f3nicamente utilizando un proveedor de e-file autorizado por el IRS.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Para presentar el Formulario 990-N electr\u00f3nicamente, tendr\u00e1 que proporcionar informaci\u00f3n b\u00e1sica sobre su organizaci\u00f3n, como el nombre, la direcci\u00f3n y el EIN. Adem\u00e1s, tendr\u00e1 que compartir los detalles del programa, incluyendo una breve descripci\u00f3n de su prop\u00f3sito exento y cualquier logro significativo del pasado a\u00f1o fiscal.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Una vez que haya proporcionado toda la informaci\u00f3n necesaria, aseg\u00farese de verificar que todo es correcto antes de enviar el formulario. Es importante revisar dos veces cada detalle antes de enviarlo para evitar errores o penalizaciones. Una vez que haya verificado todo, puede darle a \"enviar\" y su Formulario 990-N ser\u00e1 enviado al IRS.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La presentaci\u00f3n electr\u00f3nica es la \u00fanica opci\u00f3n para el 990-N, y la fecha l\u00edmite es el d\u00eda 15 del 5\u00ba mes despu\u00e9s del final del periodo contable de la organizaci\u00f3n (o el siguiente d\u00eda h\u00e1bil si cae en festivo o fin de semana.) Por ejemplo, si una organizaci\u00f3n sigue el a\u00f1o natural, su fecha l\u00edmite ser\u00eda el 15 de mayo. (Si la fecha l\u00edmite cae en festivo o fin de semana.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es crucial planificar y asegurarse de que su organizaci\u00f3n sin fines de lucro tiene tiempo suficiente para presentarla dentro de la fecha l\u00edmite correctamente. El incumplimiento de la fecha l\u00edmite podr\u00eda resultar en una presentaci\u00f3n incorrecta, una presentaci\u00f3n tard\u00eda o incluso la imposici\u00f3n de una penalizaci\u00f3n, todo lo cual podr\u00eda poner en peligro el estatus de exenci\u00f3n fiscal de su organizaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<h2><b>\u00bfQu\u00e9 es el Formulario 990-EZ?<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-EZ, Declaraci\u00f3n abreviada de organizaci\u00f3n exenta del impuesto sobre los ingresos, es una declaraci\u00f3n informativa anual que las organizaciones sin \u00e1nimo de lucro utilizan para proporcionar al IRS una instant\u00e1nea de sus actividades financieras durante el a\u00f1o. Este formulario es una versi\u00f3n condensada del Formulario 990, m\u00e1s largo, lo que lo convierte en una opci\u00f3n atractiva para las organizaciones que cumplen unos criterios espec\u00edficos basados en sus ingresos brutos anuales y sus activos totales. En este art\u00edculo, exploraremos los detalles del Formulario 990-EZ, sus requisitos de presentaci\u00f3n y su importancia para las organizaciones exentas de impuestos.<\/span><\/p>\n<h3><b>\u00bfQui\u00e9n califica para utilizar el Formulario 990-EZ?<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-EZ es un formulario de reporte financiero anual dise\u00f1ado para organizaciones exentas de impuestos por el Servicio de Impuestos Internos (IRS). El Formulario 990-EZ es perfecto para organizaciones peque\u00f1as y medianas que se encuentran entre los requisitos de presentaci\u00f3n de informes anuales m\u00e1s peque\u00f1os y los m\u00e1s grandes: menos de $200,000 en ingresos brutos y activos inferiores a $500,000.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las organizaciones que suelen calificar para este formulario incluyen las organizaciones 501(c)(1) a 501(c)(29). Ejemplos de este tipo de organizaciones son los clubes sociales, las organizaciones agr\u00edcolas y las organizaciones sindicales.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La presentaci\u00f3n del Formulario 990-EZ es una opci\u00f3n ideal de presentaci\u00f3n de informes anuales para muchas organizaciones peque\u00f1as y medianas. Se trata de un requisito de presentaci\u00f3n de informes m\u00e1s sencillo y menos detallado que las presentaciones m\u00e1s grandes del Formulario 990, aunque requiere m\u00e1s informaci\u00f3n que la presentaci\u00f3n m\u00e1s peque\u00f1a de la tarjeta electr\u00f3nica 990-N.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Al considerar cuidadosamente los criterios de calificaci\u00f3n, los ingresos brutos, los activos y las organizaciones elegibles para el Formulario 990-EZ, las organizaciones pueden determinar si este formulario es la mejor opci\u00f3n de presentaci\u00f3n para sus necesidades.<\/span><\/p>\n<h3><b>\u00bfCu\u00e1l es la forma correcta de enviar el Formulario 990-EZ?<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Como organizaci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro exenta de impuestos, la presentaci\u00f3n del Formulario 990-EZ es una tarea esencial que debe realizarse de forma puntual y precisa para mantener el estatus de exenci\u00f3n de impuestos de su organizaci\u00f3n. Las organizaciones que patrocinan un fondo asesorado por donantes deben presentar el Formulario 990 en lugar del Formulario 990-EZ. Adem\u00e1s, las organizaciones definidas como entidades controladoras en la secci\u00f3n 512(b)(13) tambi\u00e9n deben utilizar el Formulario 990 si hubo alguna transferencia de fondos entre ellas y una entidad controlada durante su a\u00f1o fiscal.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por favor, verifique la exactitud de su EIN, per\u00edodo fiscal y GEN (si procede) y aseg\u00farese de que el estatus de exenci\u00f3n de impuestos de su organizaci\u00f3n se indica correctamente haciendo referencia a la subsecci\u00f3n apropiada del c\u00f3digo de impuestos internos tal y como se indica en su carta de determinaci\u00f3n. Para completar el Formulario 990-EZ, se requiere una firma adecuada en el bloque de firma (Parte VI). Un funcionario de la organizaci\u00f3n debe firmar la declaraci\u00f3n. Si se trata de una corporaci\u00f3n o asociaci\u00f3n, pueden firmar el presidente, el vicepresidente, el tesorero, el tesorero adjunto, el contable jefe o el responsable de impuestos. Si se trata de un fideicomiso, debe firmar el fideicomisario o fideicomisarios autorizados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Todas las organizaciones 501(c)(3) y los fideicomisos caritativos no exentos de la secci\u00f3n 4947(a)(1) deben completar toda la Parte VI del Formulario 990-EZ.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Lea detenidamente las instrucciones de cada uno de los anexos obligatorios. Complete todas las partes y l\u00edneas aplicables. Conteste cada pregunta, a menos que se indique lo contrario para una pregunta en particular. Haga una anotaci\u00f3n en todas las l\u00edneas totales incluyendo el cero cuando corresponda.\u00a0<\/span><\/p>\n<h3><b>\u00bfCu\u00e1l es la fecha l\u00edmite para mi 990-EZ?<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La fecha l\u00edmite para presentar el Formulario 990-EZ del IRS es el d\u00eda 15 del quinto mes posterior al final del a\u00f1o fiscal de su organizaci\u00f3n. Por ejemplo, si su a\u00f1o fiscal termin\u00f3 el 31 de diciembre, entonces su formulario debe presentarse el 15 de mayo. El incumplimiento de la fecha l\u00edmite puede resultar en penalizaciones potenciales de $20 por d\u00eda, con un m\u00e1ximo de $10,000 o 5% de los ingresos brutos de su organizaci\u00f3n (lo que sea menor). Adem\u00e1s, no presentar la declaraci\u00f3n durante tres a\u00f1os consecutivos puede llevar a la p\u00e9rdida del estatus de exenci\u00f3n fiscal de su organizaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es esencial cumplir con la fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n para evitar cualquier penalizaci\u00f3n y mantener el estatus de exenci\u00f3n fiscal de la organizaci\u00f3n. En caso de que su organizaci\u00f3n necesite una pr\u00f3rroga para presentar el Formulario 990-EZ, puede solicitar una pr\u00f3rroga de seis meses presentando el Formulario 8688 antes de la fecha l\u00edmite original. De esta forma, su organizaci\u00f3n no sufrir\u00e1 ninguna penalizaci\u00f3n por parte del IRS pero deber\u00e1 asegurarse de cumplir con la fecha l\u00edmite ampliada para presentar el formulario.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Como organizaci\u00f3n, es crucial entender y cumplir con la fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n del Formulario 990-EZ del IRS para evitar cualquier penalizaci\u00f3n o la p\u00e9rdida del estatus de exenci\u00f3n fiscal.<\/span><\/p>\n<h2><b>\u00bfCu\u00e1les son las diferencias entre el Formulario 990-N del IRS y el Formulario 990-EZ del IRS?<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Como organizaci\u00f3n exenta de impuestos, es importante cumplir con los requisitos de reporte anual requeridos para mantener el estatus de exenci\u00f3n de impuestos de su organizaci\u00f3n. Dos formularios que las organizaciones pueden utilizar para su reporte anual son el Formulario 990-N y el Formulario 990-EZ. Aunque ambos formularios tienen la misma finalidad, existen diferencias significativas entre ellos. Las organizaciones con un umbral de ingresos brutos m\u00e1s bajo pueden utilizar el Formulario 990-N, m\u00e1s sencillo, mientras que aquellas con ingresos ligeramente superiores pueden utilizar el Formulario 990-EZ para un reporte financiero m\u00e1s detallado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-N, tambi\u00e9n conocido como e-Postcard, es la versi\u00f3n m\u00e1s sencilla del formulario. Lo utilizan las organizaciones exentas de impuestos elegibles cuyos ingresos brutos anuales son normalmente de $50,000 o menos. Con el Formulario 990-N, las organizaciones simplemente reportan su informaci\u00f3n b\u00e1sica, como su nombre legal, direcci\u00f3n y EIN, junto con una declaraci\u00f3n de que sus ingresos brutos son inferiores al umbral de $50,000.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Formulario 990-EZ, por otro lado, es un formulario m\u00e1s largo que requiere informaci\u00f3n financiera adicional. Las organizaciones cuyos ingresos brutos anuales sean inferiores a $200,000 y cuyos activos totales sean inferiores a $500,000 pueden utilizar este formulario. Con el Formulario 990-EZ, las organizaciones deben reportar sus ingresos brutos por servicios de programas e ingresos por inversiones. Tambi\u00e9n deben proporcionar informaci\u00f3n detallada sobre sus logros e ingresos por servicios de programas, junto con informaci\u00f3n financiera y de gobierno adicional.<\/span><\/p>\n<h2><b>Fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las fechas l\u00edmite de presentaci\u00f3n son cruciales para las organizaciones sin fines de lucro y las organizaciones exentas de impuestos, ya que deben presentar los formularios apropiados ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) de manera oportuna para evitar cualquier evaluaci\u00f3n de penalizaci\u00f3n. Para las organizaciones que deben presentar el Formulario 990, la fecha l\u00edmite es el d\u00eda 15 del quinto mes despu\u00e9s de que finalice el periodo impositivo.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es importante tener en cuenta que para las organizaciones cuyo a\u00f1o fiscal finaliza en una fecha distinta al 31 de diciembre, las fechas l\u00edmite para el Formulario 990 pueden diferir. Por lo tanto, se recomienda revisar las fechas l\u00edmite del Formulario 990 proporcionadas por el IRS para garantizar su cumplimiento.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por otro lado, el Formulario 990-N tambi\u00e9n conocido como e-Postcard, tiene una fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n diferente. Este formulario lo utilizan las organizaciones exentas de impuestos elegibles cuyos ingresos brutos anuales son normalmente de $50,000 o menos. Debe presentarse cada a\u00f1o antes del d\u00eda 15 del quinto mes posterior al cierre del a\u00f1o fiscal de la organizaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Debe tenerse en cuenta que si la fecha l\u00edmite cae en fin de semana o en un d\u00eda festivo legal, la fecha l\u00edmite tanto para el Formulario 990 como para el Formulario 990-N cae en el siguiente d\u00eda h\u00e1bil.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En conclusi\u00f3n, mantenerse al corriente de las fechas l\u00edmite de presentaci\u00f3n es esencial para mantener el estatus de exento de impuestos y evitar cualquier tipo de penalizaci\u00f3n. Las organizaciones sin \u00e1nimo de lucro y exentas de impuestos deben asegurarse de que est\u00e1n presentando los formularios apropiados a tiempo y revisar cualquier fecha l\u00edmite proporcionada por el IRS.<\/span><\/p>\n<h2><b>Problemas al presentar el Formulario 990 y c\u00f3mo resolverlos<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Una organizaci\u00f3n elegible para presentar el Formulario 990 puede enfrentarse a una serie de problemas durante el proceso de presentaci\u00f3n, incluidos problemas con el sitio web o el sistema de presentaci\u00f3n, presentaci\u00f3n incorrecta y presentaci\u00f3n fuera de plazo. He aqu\u00ed algunos consejos sobre qu\u00e9 hacer si surgen estos problemas:<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Problemas con el sitio web o el sistema de archivo:<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En algunos casos, las organizaciones pueden encontrar problemas con el sitio web del IRS o con el sistema de presentaci\u00f3n de declaraciones. Estos problemas pueden presentarse debido a dificultades t\u00e9cnicas, errores inesperados o mantenimiento del sistema. Si encuentra alg\u00fan problema con el sitio web o el sistema de presentaci\u00f3n del IRS, se recomienda que se refiera a la secci\u00f3n C\u00f3mo presentar la declaraci\u00f3n: Preguntas m\u00e1s frecuentes (FAQ) para obtener ayuda. Esta secci\u00f3n contiene informaci\u00f3n \u00fatil sobre c\u00f3mo solucionar problemas comunes y navegar por el proceso de presentaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Presentaci\u00f3n incorrecta:<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Otro problema al que pueden enfrentarse las organizaciones al presentar el Formulario 990 es la presentaci\u00f3n incorrecta. Esto puede ocurrir cuando se presenta el formulario equivocado, o cuando la informaci\u00f3n del formulario est\u00e1 incompleta o es inexacta. Si se da cuenta de que ha realizado una presentaci\u00f3n incorrecta, es importante que tome medidas inmediatas para corregir el error. Puede hacerlo presentando una declaraci\u00f3n enmendada utilizando el formulario adecuado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Presentaci\u00f3n tard\u00eda:<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La presentaci\u00f3n fuera de plazo es un problema com\u00fan al que se enfrentan las organizaciones a la hora de presentar el Formulario 990. Si no cumple con la fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n, puede estar sujeto a penalizaciones y cuotas. Para evitar estas penalizaciones, es importante presentar su declaraci\u00f3n dentro de la fecha l\u00edmite. Si no puede presentar su declaraci\u00f3n a tiempo, puede solicitar una extensi\u00f3n utilizando el Formulario 8868. Este formulario le dar\u00e1 seis meses adicionales para presentar su declaraci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<h2><b>\u00bfQui\u00e9n no necesita utilizar el Formulario 990?<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En general, las organizaciones con ingresos brutos inferiores a $50,000 no est\u00e1n obligadas a presentar el Formulario 990 ante el IRS. Esto significa que las peque\u00f1as organizaciones como las asociaciones de vecinos, los equipos deportivos comunitarios y los peque\u00f1os grupos de apoyo est\u00e1n exentos de presentar el formulario.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Ciertas organizaciones religiosas tambi\u00e9n est\u00e1n exentas de presentar el formulario, incluidas las iglesias, las organizaciones auxiliares integradas, las convenciones o asociaciones de iglesias y las \u00f3rdenes religiosas que cumplen requisitos espec\u00edficos del IRS. Estas organizaciones no est\u00e1n obligadas a presentar el Formulario 990 ni ninguna variante del mismo.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las organizaciones que se consideran parte de una declaraci\u00f3n de grupo tambi\u00e9n pueden estar exentas de presentarla. Una declaraci\u00f3n de grupo es cuando una organizaci\u00f3n central presenta el Formulario 990 en nombre de sus organizaciones subordinadas afiliadas. En este caso, las organizaciones subordinadas individuales no est\u00e1n obligadas a presentar su propio Formulario 990 por separado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las fundaciones privadas, por otro lado, siempre deben presentar el Formulario 990 o el Formulario 990-PF, independientemente de sus ingresos brutos. Las fundaciones privadas presentan el Formulario 990-PF, que es una variaci\u00f3n del Formulario 990 dise\u00f1ada espec\u00edficamente para las fundaciones privadas. Estas organizaciones est\u00e1n obligadas a presentarlo anualmente, y no hacerlo puede resultar en la imposici\u00f3n de una penalizaci\u00f3n y la p\u00e9rdida del estatus de exenci\u00f3n fiscal.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">No todas las organizaciones exentas de impuestos est\u00e1n obligadas a presentar el Formulario 990 al IRS.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las peque\u00f1as organizaciones, las organizaciones religiosas, las organizaciones que presentan su declaraci\u00f3n como parte de un grupo y las fundaciones privadas son algunas de las organizaciones que pueden estar exentas de presentarla. Las organizaciones que no est\u00e9n seguras de su requisito de reporte anual deben consultar con un profesional de impuestos para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios.<\/span><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>You might be exempt from taxes, but no one&#8217;s exempt from paperwork! What is IRS Form 990 and why is it important? IRS Form 990 is a critical document for nonprofit organizations to maintain their tax-exempt status. This information return provides financial and operational data to the Internal Revenue Service (IRS), the federal agency responsible [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":7639,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[11],"tags":[],"class_list":["post-7636","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-tax-forms"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7636","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7636"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7636\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7640,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7636\/revisions\/7640"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7639"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7636"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7636"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irs.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7636"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}